5 de noviembre, 2025
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Más del 20 % de la población que vive en nuestro país ha superado la barrera de los 64 años. Al contrario de lo que algunos podrían pensar, la mayor parte de estos ciudadanos viven en Andalucía o Cataluña. 

Con todo y con eso, cuando se trata de «envejecimiento demográfico», el ranking lo lideran Asturias, Galicia y Castilla y León. Al menos, estos son los datos que aporta Fundación Adecco.

Por el momento, la tendencia parece ser al alza: España está entre los países de Europa donde la esperanza de vida es más elevada (unos 84 años de media). Statista explica que, si la situación no cambia y el número de nacimientos tampoco aumenta, dentro de 25 años, los ancianos con dependencia podrían suponer el 54 % de la población. Ante cifras de esta magnitud, es inevitable preocuparse por los recursos de los que la sociedad habrá de disponer para cubrir las necesidades de este grupo.

Puesto que casi 95 residentes de cada 100 declaran tener alguna discapacidad (la movilidad reducida es el tercer tipo más frecuente), hace falta instalar plataformas salvaescaleras verticales. A continuación, explicamos cómo permitirían estos dispositivos, una vez situados en las residencias de mayores, subir y bajar las escaleras aun cuando los usuarios van en sillas de ruedas.

¿Es obligatorio instalar salvaescaleras?

Al igual que otros dispositivos (salvaescaleras manuales, sillas salvaescaleras, elevadores y ascensores de corto y largo recorrido…), las plataformas verticales posibilitan superar desniveles sin que el usuario de la residencia necesite abandonar su silla de ruedas.

Su apariencia externa recuerda a la de los elevadores y ascensores, pero las plataformas verticales sólo se utilizan para salvar desniveles de hasta 3 m.

Lo que dicen las comunidades autónomas

En cuanto a la normativa legal, hay leyes nacionales y autonómicas que regulan la accesibilidad en los espacios físicos. Por ejemplo: a nivel regional, encontramos la Ley 8/2024, de 30 de diciembre, de accesibilidad universal de la Comunitat Valenciana, que:

  1. Incluye a las personas mayores y/o con situación de dependencia en la categoría de «personas con dificultades especiales». También considera de este modo a quienes tienen alguna limitación «permanente o temporal para desplazarse» y a los ciudadanos «que lleven sillas de ruedas o equipos de apoyo a la movilidad».
  2. Entre las «medidas contra la discriminación» para garantizar la igualdad en todos estos casos anteriores, la ley valenciana engloba todas aquellas acciones que favorecen el acceso de las personas con dificultades especiales a edificios, medios de transporte, espacios públicos…
  3. Considera que el suelo antideslizante, los ascensores, las rampas, los lavabos accesibles y los aparatos elevadores son «elementos imprescindibles […] para la movilidad interior y los itinerarios horizontal y vertical».

Lo que dice el Gobierno de España

Por otro lado, está el Real Decreto 193/2023, de 21 de marzo (publicado en el BOE) que explica cómo «Las dependencias dedicadas a servicios de carácter social, asistencial y de atención a la infancia y a las personas mayores, dispondrán de los elementos mecánicos, electrónicos, productos de apoyo y tecnologías de asistencia […] que resulten necesarios para que las personas […] puedan acceder en igualdad de condiciones […]».

Así pues, a nivel nacional, también hay leyes que regularían el uso de plataformas verticales como las que fabrica y distribuye Elevadores Vilber, la marca de la empresa granadina Creaciones Vilber. Esta sociedad limitada lleva 30 años exactos dedicándose a desarrollar dispositivos para que las barreras arquitectónicas dejen de restringir la libertad de movimiento de las personas mayores, con discapacidad o, simplemente, con dificultades para acceder a los centros residenciales.

Plataformas verticales: ¿cuándo instalarlas?

Las escaleras permiten salvar los desniveles rápidamente. Sin embargo, una buena parte de la población no puede ni subirlas ni bajarlas. Al respecto, MSD Manuals explica que, cada año, se producen unos 8 millones de lesiones por caídas; sobre todo, en las personas de edad avanzada, quienes son más propensas al sufrir enfermedades como la osteoporosis.

En general, se recomienda instalar plataformas salvaescaleras verticales para desniveles que no superan los 3 metros.

Puntos fuertes de las plataformas verticales

El catálogo de Elevadores Vilber es bastante variado. Grosso modo, estos dispositivos se caracterizan por:

  • ocupar poco espacio;
  • servir tanto para exterior como para interior;
  • soportar hasta 300 kg de peso;
  • admitir, al mismo tiempo, tanto a la persona anciana (que puede subir sola en su silla de ruedas) como al acompañante;
  • instalarse en cualquier entorno (residencias, centros de día…);
  • garantizar un desplazamiento vertical suave y progresivo, sin baches ni movimientos bruscos.

Además, la instalación no requiere obras. Así que son especialmente convenientes allá donde hay escaleras (o rampas) que se quieren mantener o que, simplemente, no se quieren eliminar porque hacerlo implicaría tener que efectuar obras.

Criterios de selección (para gestores de residencias)

Se calcula que, en España, hay 5.573 centros residenciales. A la hora de elegir plataformas salvaescaleras verticales, conviene fijarse en el precio y en las garantías que ofrecen sus fabricantes.

El catálogo de Elevadores Vilber es bastante variado. Para sus dispositivos, la compañía ha utilizado materiales distintos, en función de si las plataformas están preparadas para espacios exteriores o interiores.

Casi todos sus modelos constan de una cabina en cuyo interior se ubicaría la persona mayor, resguardada por las paredes laterales y la puerta principal, que es la que permite el acceso con silla de ruedas a la cabina.

Dos importantes ventajas de la puerta son: que se puede motorizar y que puede aumentarse de altura hasta alcanzar los 2 m.

Máxima seguridad en el ascenso y la bajada

Destaca el modelo de plataforma vertical para pequeñas alturas EVP-L, que además es transportable. Elevadores Vilber le puede incorporar unas ruedas adicionales gracias a las cuales el personal sanitario de la residencia lo podría mover de una escalera a otra. Es más, en caso de celebrar eventos, el modelo EVP-L permite salvar la distancia vertical del suelo al escenario. De este modo, los ancianos pueden subir y bajar del púlpito fácilmente.

En el modelo EVP-L, la puerta de acceso se reemplaza por una rampa que se despliega y repliega automáticamente. Cuando la plataforma vertical está abajo, al nivel del suelo, la rampa desplegada facilita el acceso en silla de ruedas a la plataforma.

La silla de ruedas quedaría, por ende, encima de la plataforma salvaescaleras. En cambio, cuando la plataforma inicia el ascenso/descenso, la rampa se repliega hasta formar una cuarta pared que protege a la persona que está encima de la plataforma durante todo el trayecto.

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